Guía consular
Escrituras Públicas (Certificaciones Consulares)
El Cónsul procede a efectuar una certificación consular cuando el interesado cuenta con evidencia y pruebas de la certificación que solicite. Estas generalmente se basan en los originales de las respectivas partidas de los registros civiles, los documentos de identidad como la libreta militar y DNI, constancias de estudios y títulos profesionales, u otros documentos originales que se exhiben a la vista del Cónsul para su certificación, como copia fiel del original que estuvo a su vista. Estas certificaciones no comprometen a la autoridad consular respecto al contenido del documento. En la mayoría de los casos se legaliza la firma del recurrente. 
Licencias de conducir internacional:
  • El Consulado no está autorizado a renovar dicha licencia.
  • Se recuerda que esta tiene validez sola por un año, desde la fecha de su emisión.
Certificado de Supervivencia

Requisitos:

  • Pasaporte
  • DNI debidamente sufragada o abonada la multa correspondiente 
Renuncia a la Nacionalidad Peruana

Los ciudadanos que deseen renunciar a la nacionalidad peruana pueden hacerlo mediante carta de renuncia. Este tramite es personal y se efectúa en la Oficina Consular.

El Renunciante deberá entregar todos sus Documentos de Identificación relacionados con su Nacionalidad Peruana, (Documento Nacional de Identidad, Libreta Militar y Pasaporte) 

Para poder renunciar a la nacionalidad peruana, todos los documentos deberán estar vigentes, habiéndose sufragado en las últimas elecciones, de lo contrario tendrán que pagar las multas respectivas.

Luego se procederá a extender un CERTIFICADO DE RENUNCIA EXPRESA A LA NACIONALIDAD PERUANA, en el cual se certifica el acto, para los fines que requiera el renunciante.

NOTA: En nombre de sus hijos menores de edad, los padres no pueden tramitar la renuncia a la nacionalidad de éstos, pues de acuerdo a dispositivos legales actualmente vigentes, sólo los mayores de edad pueden hacerlo.

Costo Legalización de Firma: ver tarifas
Costo Certificado de Renuncia: ver tarifas

 

Declaración Jurada del Estado Civil

Para contraer matrimonio en Suecia este debe efectuarse en la Comuna donde residen. El Consulado está autorizado a certificar la Declaración Jurada de Estado Civil cuando se cumple con los siguientes requisitos.

 

* En caso de ser Soltero/a
  • Trámite personal
  • Pasaporte
  • DNI
* En caso de ser Divorciado/a
  • Trámite personal
  • Pasaporte
  • DNI
  • Partida de Matrimonio en la cual este inscrita el acta de disolución debidamente legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
* En caso de ser Viudo/a
  • Trámite personal
  • Pasaporte
  • DNI
  • Partida de Matrimonio original legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
  • Partida de Defunción del cónyuge original legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú

Para mayor información, por favor envíe un fax con los detalles necesarios al número 08-205592, o correo electrónico (consulado@peruembassy.se), no se olvide de poner bien claro su nombre y número de teléfono para poder comunicarnos con usted.

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05/02/2012


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Estado Peruano
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